IECR
De acuerdo al título tercero de Información Clasificada de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Zacatecas donde manifiesta que cada área del Sujeto Obligado deberá de realizar un Índice de expedientes clasificados como reservados por área responsable y tema, (ARTICULO 71).
El índice deberá elaborarse semestralmente y publicarse en Formatos Abiertos al día siguiente de su elaboración. Dicho índice deberá indicar el Área que generó la información, el nombre del Documento, si se trata de una reserva completa o parcial, la fecha en que inicia y finaliza la reserva, su justificación, el plazo de reserva y, en su caso, las partes del Documento que se reservan y si se encuentra en prórroga, (ARTICULO 71).